¿Aplazo el IRPF?

Dada la situación actual, con la crisis del COVId-D-19, usted se quiere aplazar el pago del IRPF, puesto que la declaración de la renta de 2019 le resulta a pagar. Vea qué posibilidades tiene…

FRACIONAMIENTO. Lo más sencillo es que elija el fraccionamiento que ofrece Hacienda en la misma declaración, con lo cual paga el 60% del importe de la cuota el 30-06-2020 y el resto del 40% el 05-11-2020:

  • No tiene que aportar garantías, sea cual sea el importe aplazado
  • No conlleva intereses ni recargos
  • Hay que presentar la declaración dentro del plazo, antes del 30-06-2020.

APLAZAMIENTO NORMAL.  Si el aplazamiento anterior no le viene bien, también puede solicitar aplazar la cuota de otra forma más flexible a sus necesidades, pero:

  • Ya no será gratis, tiene que pagar el interés de demora del 3,75 % anual.
  • Podrá solicitar el aplazamiento hasta en 12 meses.
  • Si la cuota que tiene que pagar supera los 30.000 euros, deberá aportar garantías. Si esta garantía es un aval bancario el tipo de interés será del 3 % anual (el interés legal del dinero) y podrá solicitar un aplazamiento de hasta 36 meses.

La segunda alternativa no es compatible con la primera opción de fraccionamiento.

Los aplazamientos especiales que se han habilitado como consecuencia de la crisis del coronavirus no son aplicables en este caso.